Ayudas de hasta el 80% para crear o actualizar tu página web. La Consellería de economía, emprego e industria quiere ayudar al comercio de proximidad a adaptarse a los nuevos hábitos de compra de los consumidores.
Se ponen en marcha subvenciones para la innovación, la digitalización e implantación de nuevas fórmulas de comercialización y expansión del sector comercial y artesanos.
¿Quiénes pueden solicitar la subvención?
Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas.
1. COMERCIANTES MINORISTAS que desarrollen su actividad comercial en Galicia; tengan la condición de pyme, empleen a menos de 10 trabajadores y no tengan la consideración de gran establecimiento comercial; estar de alta en alguno de los epígrafes establecidos y que constituya la actividad principal y que el establecimiento comercial no tenga con una superficie superior a 300 m.
2. TALLERES ARTESANALES, Inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia.
Acciones subvencionables
1. La implantación o actualización de páginas web comerciales y mejora de la imagen en línea dirigidas a la comercialización de sus productos.
La inversión máxima subvencionable:
- Para la implantación de páginas web con venta en línea es de 4.000,00 € (IVA excluido).
- Para la implantación de página web es de 1.000,00 € (IVA excluido).
- Para la mejora y actualización de la página web con venta en línea es de 800,00 € (IVA excluido).
- El porcentaje de subvención será el 80 % de la inversión máxima subvencionable.
Para que la web sea subvencionable tiene que cumplir las siguientes características técnicas:
- En el caso de la web corporativa:
- Tener el protocolo de transferencia de datos https.
- Estar optimizada para SEO.
- Tener acceso a internet a través de un hosting con acceso del propietario de la web al código y claves de la web.
- Estar adaptada a todos los dispositivos móviles.
- Disponer de fotos de calidad profesional con un peso máximo de 400K y resolución de 72 dpp.
- Disponer de página de política de privacidad de acuerdo con la legislación vigente, links a las redes sociales de la empresa.
- Tener Google Analytics.
- En el caso de web con ecommerce:
- Estar sincronizada con el sistema de gestión del establecimiento comercial.
- Tener disponible para la venta en línea un mínimo del 30% de las referencias de las que se disponen en la tienda física.
- Tener pasarela de pago.
2. Introducción de herramientas de marketing 4.0: instrumentos de geolocalización o big data centrados en la conectividad y en la predicción de patrones de consumo, publicidad en medios digitales, herramientas de realidad aumentada, y ofrecer experiencias reales e interactivas al consumidor como productos 3D o probadores virtuales y chatbots o instrumentos similares que guíen al cliente en el proceso de compra.
- La inversión máxima subvencionable será de 6.000,00 € (IVA excluido) estableciendo el límite para actuaciones en publicidad en medios digitales de 2.000,00 € (IVA excluido). El porcentaje de subvención será el 70 % de la inversión máxima subvencionable.
3. Impulso a la mejora de la imagen digital: contenidos audiovisuales de promoción del producto.
- La inversión máxima subvencionable será de 6.000,00 € (IVA excluido). El porcentaje de subvención será el 70 % de la inversión máxima subvencionable.
4. Servicios profesionales de gestión de redes sociales (community manager).
- La inversión máxima subvencionable será de 10.000,00 € (IVA excluido). El porcentaje de subvención será el 70 % de la inversión máxima subvencionable.
5. Implantación de herramientas de gestión: sistemas integrados para la planificación de recursos empresariales, comerciales y software adecuados a las necesidades de la empresa.
- La inversión máxima subvencionable será de 3.000,00 € (IVA excluido). El porcentaje de subvención será el 70 % de la inversión máxima subvencionable.
La inversión máxima subvencionable para el conjunto de las actuaciones de digitalización es de 29.000 euros (IVA excluido)
Plazo de presentación: Hasta el 29 de mayo
Puedes consultar las bases en este enlace o resolver todas tus dudas en nuestra web www.eclipse.es o enviando un mail a clientes@eclipse.es