
Ayudas exclusivas a
Autónomos y PYMES.
Con más de 3 años y medio de antigüedad (42 meses)
Denominación de la ayuda: TR341Q. Sólo Galicia, Concesión de ayudas por orden de entrada.

Plazo
11/02/2026 – 30/09/2026

Subvención
60% (IVA Excluido)

Inversión Máxima
7.000 € (sin IVA)
¿Qué puedes subvencionar?
¿Quién puede solicitarla?
Autónomos:
- Dad@s de alta con domicilio fiscal en Galicia
(En el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional) - Una antigüedad mínima de 42 meses de forma ininterrumpida en la actividad empresarial.
- Una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, en la declaración referida al año 2024.
- Un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas, declarados en la declaración del IRPF anual referida al año 2024, inferior a 50.000 euros.
PYMES:
- Estar dad@s de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional con domicilio fiscal en Galicia.
- Una antigüedad mínima de 42 meses de forma ininterrumpida en la actividad empresarial.
- Una facturación anual mínima de 12.000 euros en el 2024 (Modelo 390).
- Base imponible impuesto de sociedades menor a 50.000€ referida al año 2024 (Modelo 200 – Casilla 552)
Información adicional
¿Quieres que lo revisemos contigo?
Déjanos tus datos y te decimos qué puedes incluir, qué presupuesto tiene sentido y cómo presentarlo por orden de entrada.
Al concederse por orden de entrada, cuanto antes lo revisemos, mejor.



